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Glosario del autónomo

Los términos de Hacienda y la Seguridad Social que vas a oír como autónomo, explicados en pocas palabras.

Los términos que más vas a oír como autónomo, explicados en una o dos frases y en orden alfabético.

Alta censal (modelo 036 o 037)
La declaración con la que te das de alta en Hacienda antes de empezar, y con la que comunicas cualquier cambio en tu actividad. El 037 era una versión simplificada; hoy se usa sobre todo el 036.
Amortización
Forma de deducir poco a poco lo que compras para usar varios años, como un ordenador o una máquina. Cada año deduces una parte de su precio. Más en gastos deducibles.
Base de cotización
La cantidad sobre la que se calcula tu cuota de autónomos. Cada tramo tiene una base mínima y una máxima, y tú eliges dentro de ese margen. Cuanto más alta, más pagas y más cobras si te pones de baja o te jubilas.
Base imponible
En una factura, el precio sin IVA ni retención. Sobre ella se calculan los impuestos.
Cese de actividad (paro de autónomos)
La prestación que puedes cobrar si cierras tu actividad por motivos económicos, de fuerza mayor u otros previstos en la ley, siempre que hayas cotizado al menos 12 meses seguidos.
Cl@ve
Sistema de identificación de las administraciones públicas para hacer trámites por internet sin certificado digital.
CNAE
Código que clasifica tu actividad en la Seguridad Social.
Cuota de autónomos
Lo que pagas cada mes a la Seguridad Social. Desde 2023 depende de tus rendimientos netos, en 15 tramos. Tabla de 2026.
Dietas
Gastos de comida y alojamiento cuando trabajas fuera de tu municipio. Son deducibles con límites diarios y pagando con tarjeta.
Epígrafe del IAE
Código que clasifica tu actividad en Hacienda. Indica si es empresarial o profesional, y de eso depende, entre otras cosas, si llevas retención.
Estimación directa simplificada
El método más habitual para calcular el IRPF de un autónomo: ingresos menos gastos reales, más un 5 % de gastos de difícil justificación.
Estimación objetiva (módulos)
Método en el que pagas según indicadores fijos (metros del local, personal, consumo…) en vez de por tus ingresos reales. Solo para algunas actividades y con límites.
Factura rectificativa
Factura que corrige o anula otra ya emitida. También sirve para recuperar el IVA de facturas impagadas.
Factura simplificada
El antiguo "ticket". Sirve como justificante, pero para deducir el IVA necesitas una factura completa con tus datos.
Gastos de difícil justificación
Un 5 % de tu rendimiento (máximo 2.000 € al año) que puedes deducir sin justificarlo, en estimación directa simplificada.
IGIC
El impuesto de Canarias que sustituye al IVA. El tipo general es el 7 %.
Importass
El portal de la Seguridad Social para darte de alta, cambiar tu tramo o tu base y consultar tus cuotas.
IRPF
El impuesto sobre lo que ganas. Es progresivo y depende de tu comunidad autónoma. El autónomo lo adelanta cada trimestre (modelo 130) o con las retenciones de sus facturas, y lo ajusta en la renta.
IVA repercutido y soportado
Repercutido: el IVA que cobras en tus facturas. Soportado: el que pagas en tus gastos. Cada trimestre ingresas la diferencia.
Modelo 130
El adelanto trimestral del IRPF: el 20 % de tu beneficio acumulado en el año. Cómo funciona.
Modelo 303
La declaración trimestral del IVA. En Canarias, el modelo 420 del IGIC.
Modelo 347
Declaración anual, en febrero, de los clientes y proveedores con los que superaste 3.005,06 € en el año.
Modelo 390
El resumen anual del IVA, que se presenta en enero.
Mutua colaboradora
Entidad que gestiona tus bajas por enfermedad y accidente, y el paro de autónomos. La eliges al darte de alta.
Pluriactividad
Trabajar como asalariado y como autónomo a la vez. Guía de pluriactividad.
RETA
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: el régimen de la Seguridad Social en el que cotizan los autónomos.
Recargo de equivalencia
Régimen de IVA obligatorio para comerciantes minoristas que son personas físicas. El proveedor les cobra un recargo y ellos no presentan el IVA trimestral de esas ventas.
Regularización
Ajuste que hace la Seguridad Social al año siguiente entre la cuota que pagaste y la que te correspondía por lo que ganaste. Cómo funciona.
Rendimiento neto
Lo que ganas: ingresos menos gastos deducibles. Para la cuota de autónomos se calcula sin restar la cuota y quitando un 7 %.
Retención de IRPF
Parte de la factura que tu cliente (empresa o autónomo) no te paga y entrega a Hacienda como adelanto de tu IRPF. Para profesionales es el 15 %, o el 7 % el año de alta y los dos siguientes.
ROI
Registro de Operadores Intracomunitarios. Necesitas estar en él para facturar sin IVA a empresas de otros países de la UE.
Tarifa plana
Cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, ampliable otros 12 si ganas menos del salario mínimo. Requisitos.
Tramo de rendimientos
Cada una de las 15 franjas de ingresos que fijan tu base mínima y máxima de cotización.
VERI*FACTU
Las nuevas normas para los programas de facturación: deben registrar cada factura de forma que no se pueda alterar y, en la modalidad VERI*FACTU, enviarla a Hacienda. Serán obligatorias para los autónomos desde el 1 de julio de 2027.

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