Datos oficiales BOE y AEAT · actualizado

Cómo darse de alta como autónomo paso a paso

Los trámites para empezar, en orden, y las ventajas de los primeros años que tienes que pedir tú porque nadie te las aplica solas.

  1. Decide qué actividad vas a hacer

    Antes de nada, define tu actividad: Hacienda la clasifica con un epígrafe del IAE y la Seguridad Social con un código CNAE. De ella depende si es una actividad profesional (diseño, programación, consultoría…) o empresarial (comercio, hostelería…). Las profesionales llevan retención de IRPF en las facturas a empresas.

    Antes de darte de alta, calcula cuánto te quedará limpio y qué precio tienes que cobrar.

  2. Alta en Hacienda (declaración censal, modelo 036)

    Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital o Cl@ve, antes de empezar la actividad. En ella indicas:

    • La actividad y la fecha de inicio.
    • El régimen de IVA (normalmente el general) y el método del IRPF (normalmente estimación directa simplificada).
    • Si vas a facturar a empresas de otros países de la UE, pide también el alta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios).
  3. Alta en la Seguridad Social (RETA)

    Se hace en Importass, el portal de la Seguridad Social, desde 60 días antes hasta el mismo día en que empiezas. Ahí:

    • Eliges tu tramo de cotización según los rendimientos que prevés. Si te equivocas, al año siguiente se regulariza: nuestra calculadora te avisa.
    • Pides la tarifa plana de 80 €, si cumples los requisitos. Se pide en la misma solicitud de alta.
    • Eliges una mutua colaboradora para las bajas y los accidentes.
  4. Licencias del ayuntamiento (si tienes local)

    Si vas a abrir un local, consulta en tu ayuntamiento la licencia de actividad o la declaración responsable. Si trabajas desde casa o en las instalaciones del cliente, normalmente no hace falta.

  5. Comunica la retención del 7 % a tus clientes

    Si tu actividad es profesional, el año de alta y los dos siguientes puedes facturar con un 7 % de retención en vez del 15 %. Tienes que comunicárselo a cada cliente por escrito. Así cobras más dinero cada mes.

  6. Tus primeras obligaciones

    • Hacer facturas con todos los datos y llevar el registro de ingresos y gastos.
    • Cada trimestre: el modelo 303 (IVA) y el 130 (adelanto del IRPF), aunque no hayas facturado. Si más del 70 % de tus ingresos llevan retención, no tienes que presentar el 130.
    • En enero: el resumen anual del IVA (modelo 390).
    • Entre abril y junio: la declaración de la renta. En los dos primeros años con beneficios, marca la reducción del 20 % por inicio de actividad.

Las ventajas que tienes que pedir tú

La tarifa plana, su prórroga de 12 meses, la retención del 7 % y la reducción del 20 % del IRPF no se aplican solas. Con nuestro simulador de los primeros años ves cuánto te supone cada una y te descargas un calendario con todas las fechas.

Más calculadoras

Calculadora por comunidad autónoma

El IRPF cambia según dónde vivas. Elige tu comunidad: