¿Qué puedo deducir si trabajo en casa?
Si trabajas desde tu vivienda, Hacienda te deja deducir una parte de los suministros: luz, agua, gas, teléfono e internet. La regla (artículo 30 de la Ley del IRPF) es:
Gasto deducible = suministros × (metros de trabajo ÷ metros de la casa) × 30 %
Ejemplo: en una casa de 80 m² con un despacho de 10 m², la proporción es del 12,5 %. Si pagas 145 € al mes de suministros (1.740 € al año), puedes deducir 1.740 × 12,5 % × 30 % = 65 € al año.
¿Y el alquiler, la hipoteca o el IBI?
Solo si has declarado esa parte de la casa como lugar de trabajo en tu alta en Hacienda (modelo 036). En ese caso deduces la proporción de los metros (sin el 30 %) del alquiler, el IBI, la comunidad, el seguro del hogar o los intereses de la hipoteca.
Requisitos para que Hacienda lo acepte
- Las facturas tienen que estar a tu nombre.
- La zona de trabajo tiene que ser razonable y usarse para la actividad.
- Apunta los gastos en tu libro registro y guarda las facturas al menos 4 años.
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