Puedes trabajar por cuenta ajena y ser autónomo al mismo tiempo. A esta situación se le llama pluriactividad y es más común de lo que parece: diseñadores que hacen encargos por las tardes, profesores que dan clases particulares, técnicos que hacen instalaciones los fines de semana… Estas son las claves.
¿Tengo que darme de alta como autónomo?
- En Hacienda, siempre. Si facturas por tu cuenta, tienes que darte de alta con el modelo 036 antes de empezar, ganes lo que ganes.
- En la Seguridad Social (RETA), si la actividad es habitual. La ley no fija una cifra exacta. Los tribunales han usado a veces como referencia ganar más del salario mínimo al año, pero la Seguridad Social puede considerar habitual una actividad aunque ganes menos. Si haces trabajos de forma continuada, lo prudente es darse de alta.
Cotizas en los dos sitios
Tu empresa sigue cotizando por tu nómina y tú pagas, además, tu cuota de autónomos según el tramo de tus rendimientos como autónomo. Puedes pedir la tarifa plana de 80 € aunque trabajes por cuenta ajena, si cumples los requisitos.
La devolución por pluriactividad
Si entre lo que cotizáis tu empresa y tú por contingencias comunes superáis un límite que se fija cada año, la Seguridad Social te devuelve una parte de lo que pagaste como autónomo (el 50 % del exceso, con un máximo del 50 % de tus cuotas por esas contingencias). Normalmente se hace de oficio, al año siguiente. Solo afecta a sueldos y bases altas.
Cómo pagas el IRPF
En la renta se suman tu sueldo y tu beneficio como autónomo, y el IRPF es progresivo: cuanto más ganas en total, mayor es el porcentaje de lo último que ganas. Por eso tu actividad como autónomo tributa a un tipo más alto del que tendría si fuera tu único ingreso.
- La retención de tu nómina se calcula solo con tu sueldo. Es muy probable que en la renta te salga a pagar. Aparta dinero durante el año.
- Presentas el modelo 130 cada trimestre, salvo que al menos el 70 % de tus ingresos como autónomo lleven retención.
- Puedes pedir a tu empresa que te aumente la retención de la nómina para no llevarte un susto en junio.
- Con la actividad de autónomo siempre tienes que hacer la declaración de la renta.
¿Lo tiene que saber mi empresa?
No tienes que pedir permiso, pero revisa dos cosas:
- Tu contrato: algunos tienen un pacto de exclusividad que te impide trabajar para otros mientras estés en la empresa.
- La competencia: aunque no haya pacto, la ley prohíbe hacer competencia desleal a tu empresa, por ejemplo trabajando para sus clientes en lo mismo que haces en ella.
¿Y si me quedo en paro?
Por regla general, la prestación por desempleo no se puede cobrar mientras estás de alta como autónomo, aunque hay casos concretos en los que se permite compatibilizarla al empezar una actividad. Antes de tomar una decisión, consúltalo en el SEPE.
Haz números antes de empezar
Lo importante es saber cuánto te queda de cada euro que facturas como autónomo, sumado a tu sueldo. Nuestras calculadoras suponen que el autónomo no tiene otras rentas, así que en pluriactividad el IRPF real será algo mayor que el que te muestran. Úsalas como punto de partida:
- Cuánto te queda como autónomo.
- Comparar con tu sueldo si estás pensando en dejar la empresa.
Esta guía resume la normativa general. La pluriactividad tiene muchos matices según tu contrato, tu convenio y tus ingresos: confírmalo con un asesor.
Más calculadoras
- ¿Cuánto me queda como autónomo?
- Autónomo o asalariado
- Cuánto cobrar por hora
- Qué precio poner (y tu competencia)
- Presupuesto por proyecto
- Coste real de un gasto
- Simulador nuevo autónomo
- Calculadora de facturas
- Gastos por trabajar en casa
- ¿Me conviene cotizar más?
- Cómo darse de alta
- Calendario fiscal
- Guías para autónomos
- Cuota de autónomos 2026
- Tarifa plana
Calculadora por comunidad autónoma
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